Dia Mundial de la Propiedad Intelectual

Con interesantes novedades en materia normativa y de gestión, junto con la inauguración de las nuevas dependencias de INAPI se celebró hoy en nuestro país el Día Mundial de la Propiedad Intelectual.

Destacamos este interesante artículo sobre la materia publicado en IP Tango.

Ver noticia y fotografías en sitio web de INAPI.

Proyecto de ley de propiedad industrial establece caducidad de marcas por no uso

"El texto que debe presentar hoy el Ministerio de Economía, coincidiendo con el Día Mundial de la Propiedad Intelectual, incorpora novedades sustantivas y de procedimiento. Y es bien valorado por el abogado experto Marcos Morales."

Leer entrevista en diario www.pulso.cl
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TDPI pone a disposición información online de tramitación de causas en segunda instancia

En consonancia con la celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, el Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) puso a disposición del público una nueva y valiosa herramienta en su sitio web http://www.tdpi.cl/ que contiene la información completa de la tramitación de las causas de competencia de dicho tribunal. Además, se encuentran disponibles los fallos dictados online.

Destacamos las siguientes funcionalidades del sitio:
  • En la sección AUTO CONSULTA en la home page, se puede acceder a la información completa de la tramitación en segunda instancia por el número de rol (asignado por el TDPI).
  • En la sección BUSCADOR DE CAUSAS, se puede buscar por número de solicitud (asignada de INAPI) y otros parámetros.

Sin duda este gran avance informático sitúa al TDPI en un nivel de modernidad y compromiso con los usuarios y con la comunidad en general.

Reforma integral a la normativa de propiedad industrial. Avances sólidos sin estridencias

(Artículo publicado en El Mercurio Legal, martes 24 de abril de 2012)

Marcos Morales A. *

En esta época del año en que muchos esperan la publicación de la lista de observación prioritaria (priority watch list), también conocida como “lista roja”, confeccionada por la Oficina de Comercio de los Estados Unidos calificando unilateralmente a los países según el grado de protección e implementación de la propiedad intelectual, es oportuno llamar la atención acerca de un verdadero hito sobre esta materia en nuestro país. Me refiero al proyecto de reforma integral de la ley de propiedad industrial que se enmarca en la agenda de impulso competitivo instaurada por el Gobierno y cuyo envío al Congreso será anunciado el próximo 26 de abril con ocasión de la celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual.

¿Quien podría haber imaginado hasta hace poco que el sistema normativo de propiedad industrial en nuestro país estaba ad portas de lanzar su versión 3.0? Sin las estridencias que acompañan las coloridas listas, pero con esmero y rigurosidad, desde hace cuatro años se viene gestando el nuevo cuerpo normativo que sustituirá la ley 19.039 de propiedad industrial, principal regulación sobre la materia, y de paso la ley 20.254 que creó el Instituto Nacional de Propiedad Industrial - INAPI.

INAPI aplicará 10° versión de la Clasificación Internacional (Niza) para el registro de marcas

Mediante resolución exenta No. 112, publicada en el Diario Oficial con fecha 23 de marzo de 2012, INAPI informó que comenzará a aplicar la 10ª versión del Clasificador de Niza para el registro de marcas, una vez que entre en vigencia la modificación del Reglamento de la ley 19.039, que se espera sea publicada en Diario Oficial durante el presente mes de abril. Adicionalmente, se ha informado por INAPI que esta edición estará incorporada en el clasificador en línea disponible en su sitio web.

La 10ª versión del Clasificador de Niza fue aprobada por la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) en el segundo semestre de 2011 y entre sus principales novedades destacan las siguientes:
  • Los suplementos nutricionales se clasifican siempre en clase 5 (anteriormente se clasificaban según su composición).
  • Los juegos electrónicos se clasifican siempre en clase 28 (anteriormente había que distinguir si tienen o no una pantalla incorporada).
  • Servicios de venta al detalle en línea se incorporan a la clase 35.




Texto completo del comunicado de INAPI

Borrador de proyecto de nueva ley de propiedad industrial

El 9 de marzo de 2012 el Ministerio de Economía inició el mecanismo de consulta ciudadana para evaluar la nueva Ley de Propiedad Industrial, proceso mecanismo que está abierto hasta el 29 de marzo de 2012 para todos quienes se inscriban previamente en sitio web de dicha repartición.

El borrador de proyecto de ley es el resultado de un trabajo iniciado en el año 2008 por INAPI a través de la conformación de una comisión de estudio integrada por expertos de INAPI y algunos miembros del Directorio de ACHIPI, quienes elaboraron las pautas y temáticas a ser incluidas en una nueva ley de propiedad industrial. El texto sometido actualmente a consulta fue redactado principalmente por expertos de INAPI.

Leer comunicado de INAPI: http://www.inapi.cl/index.php?option=com_content&view=section&layout=blog&id=1&Itemid=119&lang=es

Página de la consulta del Ministerio de Economía: http://consultaciudadana.economia.cl/

Primer Registro de Marca de Certificación en Chile y su existencia normativa

Recomendamos este interesante e ilustrativo artículo publicado en IP Tango por Rodrigo Ramirez Herrera en donde analiza los alcances de las marcas colectivas y de certificación en nuestra legislación nacional.

INAPI actualiza formularios de Marcas e Indicaciones Geográficas

Con fecha 2 de marzo de 2012 el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) informó que ha puesto a disposición de sus usuarios los nuevos formularios de marcas e indicaciones geográficas (IG) disponibles en formato papel y digital.
 
La actualización de estos formularios es consecuencia directa tanto del cambio de plataforma informática de dicho organismo y de la adecuación al Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT), vigente en nuestro país a contar del 16 de febrero de 2012.

INAPI también informó que una reforma al Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial será publicado la segunda quincena de marzo y desde entonces el uso de los formularios nuevos será obligatorio.

El texto completo del comunicado se encuentra disponible en el sitio web de INAPI

Descargar los nuevos formularios electrónicos desde el sitio web de INAPI

Proyecto de ley sobre linkage modifica ley 19.039 de Propiedad Industrial

El ministro de Economía Pablo Longueira ha anunciado que la próxima semana se ingresará al Congreso con discusión inmediata un proyecto de ley sobre linkage que modifica la ley 19.039.
Fuente: http://m.df.cl/longueira-proyecto-sobre-farmacos-ingresa-al-congreso-para-abandonar-lista-roja-de-eeuu/prontus_df/2012-02-28/213932.html

El texto de dicho borrador de proyecto de ley puede descargarse aquí.

Entra en vigencia en Chile el Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT)


Con fecha 16 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial el decreto Nº 82 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT), cuerpo normativo que ya había sido aprobado por el Congreso Nacional en septiembre de 2010.

La entrada en vigencia de dicho tratado en nuestro país, equivocadamente retrasada, ya ha sido comentada anteriormente en este sitio, así como su ley de implementación (N° 20.569) y los alcances de esta última.

Un completo análisis de esta noticia puede consultarse también en: http://iptango.blogspot.com/2012/02/chile-entra-en-vigencia-tratado-sobre.html

Marcos Morales A.
DerechoMarcario.CL

Nueva reforma a la normativa sobre marcas comerciales: pecado de defecto y de exceso

Marcos Morales A. *

(Artículo publicado en El Mercurio Legal | Lunes 13 de febrero de 2012)

En una columna anterior señalábamos por qué nuestro ordenamiento jurídico estaba en deuda con los derechos de propiedad intelectual. El panorama, durante las últimas semanas, se ha vuelto aún más desalentador. Porque ya no estamos hablando únicamente de lagunas normativas, sino de una afectación directa hacia esta clase de derechos, en particular los llamados derechos de propiedad industrial.

Con fecha 6 de febrero en curso se publicó en el Diario Oficial la ley 20.569 que “modifica la ley Nº 19.039 de propiedad industrial para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes” cuyo objetivo es adecuar la legislación nacional a los tratados conocidos por sus siglas inglesas TLT (Tratado sobre el Derecho de Marcas) y PCT (Tratado de Cooperación en Materia de Patentes). Si bien este último tratado entró en vigencia en nuestro país el 2 de junio de 2009, la suerte del TLT ha sido cuando menos ondulante. Porque desde su aprobación por el Congreso Nacional en septiembre de 2010, la dictación del correspondiente decreto promulgatorio ha sido mantenida en suspenso a espera de la tramitación de la ley de implementación, ingresada al Congreso en agosto de 2011, y que ahora acaba de ver la luz.

Entra en vigencia reforma a la ley 19.039 sobre Propiedad Industrial para implementar tratados TLT y PCT

Con fecha 6 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial la ley 20.569 que “modifica la ley Nº 19.039 de propiedad industrial para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes” (descargar texto).

En un artículo único introduce modificaciones a los artículos 14, 15, 21 y 23 de la ley 19.039 en materia de marcas comerciales y agrega un nuevo título completo (Título XI) con ocho artículos dedicados a la tramitación de las solicitudes internacionales de patentes de invención y modelos de utilidad.

Congreso Nacional aprueba nueva reforma a la Ley de Propiedad Industrial

Con fecha 19 de enero de 2012 el Congreso Nacional aprobó definitivamente el proyecto de ley de reforma a la ley 19.039 sobre Propiedad Industrial para adecuarla a los tratados TLT (Trademark Law Treaty) y PCT (Patent Cooperation Treaty). En consecuencia, esta reforma está en condiciones de ser promulgada por el Ejecutivo.

Cabe recordar que el PCT ya es ley de la República desde el año 2009, y el proyecto de ley en cuestión no contempla aspectos relevantes con relación a lo ya existente, pues lo único que hace es despejar posibles dudas de interpretación de normas que ya se aplican producto de la autoejecutabilidad del PCT. En relación con marcas la situación es diferente, ya que dada su redacción, el TLT no es un tratado completamente autoejecutable, sino que muchas de sus disposiciones requieren la adecuación de la normativa preexistente, que es precisamente lo que intenta hacer esta reforma. Y si bien el TLT fue aprobado en septiembre de 2010 por el Congreso Nacional, hasta la fecha se ha mantenido suspendida la dictación del decreto promulgatorio, por lo cual no ha entrado en vigencia.

INAPI informa ampliación de plazos en fecha que indica

Con fecha 20 de enero de 2012 se dictó una resolución por pare de INAPI sobre ampliación de plazos. En dicha resolución, INAPI informa sobre la situación excepcional que se producirá el próximo viernes 27 de enero de 2012, lo que se traduce básicamente en los siguientes aspectos, todo ello producto de los cambios de plataforma computacional en dicho organismo:
  • Las oficinas de INAPI estarán cerradas este viernes 27 de enero de 2012
  • Los servicios en línea estarán suspendidos entre los días 27 y 29 de enero de 2012
  • El buzón para presentación de escritos funcionará normalmente el día 27.
En relación a PLAZOS, la resolución en cuestión distingue:
  • Procesos administrativos: Se concede una ampliación de los plazos que vencen el viernes 27 de enero hasta el lunes 30 de enero de 2012.
  • Procesos contenciosos: Respecto de los plazos con vencimiento el día 27 de enero de 2012, la resolución señala que las partes podrán alegar entorpecimiento, de acuerdo a las normas generales que rigen los procedimientos contenciosos.
Ver información oficial de INAPI
Ver  texto completo de la resolución

TDPI reitera tesis de los "servicios reservados"

En reciente fallo de 5/01/2012, el TDPI reitera una vez más la llamada tesis de los “servicios reservados” (texto completo del fallo al final de este artículo).

Conforme a disposiciones expresas contenidas en leyes especiales, es necesario que ciertas personas jurídicas, atendida su finalidad o funciones económicas o sociales, tengan un giro único, exclusivo y excluyente. La exigencia señalada es aplicable, por ejemplo, a los bancos comerciales, las instituciones de salud previsional (Isapres), las administradoras de fondos de pensiones (AFPs), las compañías de seguros, entre otras, todas las cuales están sujetas a la supervigilancia de otras tantas entidades públicas (Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Isapes, Superintendencia de AFPs, Superintendencia de Valores y Seguros, etc.). Se trata, en consecuencia, de actividades cuyo ejercicio está regulado legalmente, en el sentido que sólo pueden ser realizadas por determinadas personas jurídicas, con determinados requisitos y sujetos a determinadas reglas.